La Ley Nº 28359 en su artículo Nº 47 se refiere a la situación de los oficiales y suboficiales superiores que pasan a retiro, mejor dicho nos indica cuáles seran los requisitos, motivos o circunstancias por la cual algunos miembros de las Fuerzas Armadas pasarán a una situación de retiro, y este se dará en atención a: 1) Los requerimientos de efectivos de cada una de las Instituciones Armadas; 2) Al número de vacantes asignadas para el proceso de ascenso en la respectiva institución y; 3) El número de efectivos fijados anualmente por el Poder Ejecutivo. En el mismo artículos se nos hace referencia de los requisitos que deben cumplir los oficiales para el proceso de renovación y de que se trata este. El mismo artículo dicta lo siguiente: Que los oficiales generales y almirantes y los oficiales superiores que se encuentren dentro de esa causal (en lo referente a lo que dicta el artículo - procesos de renovación) percibirán las pensiones y otros beneficios conforme a las disposiciones legales que rigen sobre la materia...