Artículo 12 - Recursos de la Seguridad Social

Los fondos y las reservas de la Seguridad social son intangibles. Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad que señala la ley.
Por intangibles entendemos aquellas cosas o bienes que no pueden ser percibidos por los sentidos. Y bien, Seguridad Social se entiende como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad. De acuerdo a las definiciones antes dadas podemos afirmar que el Estado por medio de la educación, bienestar social, etc, asegura la seguridad social de los ciudadanos.
Dentro de dicho sistema se reconocen la salud pública, el susbsidio por el desempleo, pensiones a los jubilados, etc. Ahora si comprendemos porque en el artículo se hace referencia a fondos y reservas intangibles porque en el fondo se tratan de beneficios que aseguran el bienestar de la persona en cuanto a su desarrollo y seguridad dentro de la sociedad. Basta con que mencionemos a la "Educación", en nuestro país hay cantidad de colegios estatales (claro que no se brinda la educación esperada en muchos de ellos) los cuales tendrían como objetivo asegurar a niños, adolescentes y jóvenes, una educación, especialmente para aquellos que carecen de recursos económicos, porque recordemos que la educación es un derecho y el Estado como protector de los derechos de los ciudadanos debe saber protegerlos.
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