Artículo 9 - Constitución Política del Perú - Política de Salud


Siendo que el título no nos dice mucho haremos a continuación la transcripción del texto normativo del presente artículo: "El Estado determina la política nacional de salud. El proder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación. Es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud". Como ya muchos se habrán dado cuenta el texto nos remite principalmente a una especie de estrucura organizacional del Estado en cuanto a la protección de la salud a favor de la sociedad. Es así que se pone acento en las obligaciones del Poder Ejecutivo en tanto que este debe diseñar y conducir esta política nacional de la salud, tal y como versa la norma. Pero también debemos enfatizar el hecho de que debe ser descentralizada y plural, solo de esa manera se puede asegurar el libre acceso de los ciudadanos a ella.
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