La ampliación del concepto de Familia por obra del Tribunal Constitucional. - Yuri Vega Mere

De acuerdo al artículo presentado por el jurista Yuri Vega Mere, se menciona que "la reflexión acerca de las Familias en el Perú no se ha encontrado entre las preferencias de los juristas". Ciertamente este autor tiene mucha razón en ello sólo basta con hechar un vistazo a las normas reguladoras de la Familia en el Perú. Durante varios años se hicieron esfuerzos a fin de que se reformule el derecho de Familia en el ordenamiento jurídico peruano, con motivo de los avances que tuvo esta institución dentro de la sociedad, ya sea porque los jueces ordinarios no han dado la protección debida a las familias monoparentales, a las uniones de hecho, a las familias ensambladas, entre otras nuevas formas de agrupaciones que pugna por ser familia, tal y como nos dice el autor de la presente ponencia.
Es así que el Tribunal Constitucional, mediante las sentencia emitida el 30 de noviembre del 2007, por la causa 09332-2006-PAICT, se ocupa del caso de don Reynaldo Armando Shols Pérez, que con motivo de su segundo matrimonio había solicitado al centro naval (del cual era Asociado) que se le entregue un carné familiar, en calidad de hija, a su hijastra (Lidia Lorena Alejandra Arana Moscoso, hija de su esposa nacida de un matrimonio anterior) tal como se la dieron a su hijo legítimo, el cual es medio hermano de Lidia Lorena Arana. Siendo así el Tribunal decidió otorgarle me referido Carné a su hijastra (Caso expuesto por el autor del Artículo). El Tribunal fundamenta su moción en la acepción común de Familia que alude a aquel grupo de personas que se encuentran emparentadas y que comparten el mismo techo. En primer término, con el concepto de familia descrito, se alude a la familia nuclear, conformada por padre, madre y los hijos, pero al encontrarse, la familia, frente a nuevos contextos sociales, se han presentado diversas formas, como las uniones de hecho, las familias monoparentales, o las familias reconstruídas.
Como no pocos lo han dicho, el Derecho debe estar al servicio del hombre y de la sociedad, es por ello que debe amoldarse a la nuevas exigencias sociales, que devienen en distintas por cuanto se da una avance en ellas, y es lo que efectivamente viene ocurriendo con las familias, las cuales ya no son simplemente nucleares, sino también monoparentales (un solo padre) o reconstruídas, tal y como lo menciona Yuri Vega líneas arriba.
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